Si viajaste a Estados Unidos con la visa de turista y durante tu estadía decidiste optar por quedarte en el país trabajando, pero lo quieres hacer legalmente, no te preocupes.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) informa que existe la posibilidad de cambiar una visa de turista por una de trabajo, siempre y cuando no se haya vencido tu tiempo límite de estadía.
Si te interesa conocer los detalles de esto, te recomendamos prestar atención a la siguiente nota.
¿Cómo cambiar la visa de turista por una de trabajo?
Como se mencionó anteriormente, para aplicar al cambio de visa es importante tomar en cuenta que el tiempo de estadía permitido no haya caducado. Esta información la podrás encontrar en la parte inferior derecha del Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida de No Inmigrante.
Además, no debe cambiar su actividad con el que ingresó al país legalmente. Por ejemplo, si ingresó con la visa de turista y planea estudiar en el país, no pretenda matricularse a ningún curso si su solicitud de cambio aún no ha sido aceptada.
El cambio de actividad es condenable y puede perjudicar tu estadía en suelo americano, además de la solicitud de cambio pendiente.
Si no has violado las condiciones de tu status, has mantenido las actividades permitidas por el tipo de visa y has respetado las leyes migratorias de Estados Unidos, no tendrás inconveniente para recibir el cambio de visa.
Otras alternativas de cambio:
La solicitud de cambio de visa no solo aplica para la de turista. Esto también es posible con otros tipos de visa. A continuación los detalles:
- No es necesario un cambio de estatus de no-inmigrante si fue admitido en Estados Unidos bajo la visa B-1 (motivos de negocio) y desea permanecer en el país por motivos de ocio antes de que caduque su estadía.
- No es necesario un cambio de estatus de no inmigrante si desea estudiar en Estados Unidos, y es el cónyuge o hijo de alguien que se encuentra en Estados Unidos (personas con visa E, visa H, visa J, entre otros).
Finalmente, no puedes acceder a un cambio de visa por las siguientes razones:
- Programa de exención de visa.
- Visa de tripulación (visa D).
- Visa de tránsito (tipo C).
- En tránsito por Estados Unidos sin tener una visa (TWOV).
- Pareja de un ciudadano estadounidense o dependiente de un prometido (visa K).
- Informante de terrorismo o crimen organizado (visa S).
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