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  • 25 ENE DE 2025

Perdón migratorio en Estados Unidos: ¿Qué pasa si te lo niegan?

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Si te niegan el perdón migratorio en Estados Unidos es crucial entender las opciones disponibles y los pasos a seguir para solucionarlo. En esta nota, analizaremos las posibles vías de recurso para mejorar las probabilidades de obtener el perdón y continuar en el camino hacia la legalización en el país.

Lee más: Cómo acelerar mi perdón migratorio en Estados Unidos

¿Qué hago si me niegan el perdón migratorio?

Si te negaron el perdón migratorio puedes presentar la solicitud nuevamente siempre y cuando tengas evidencias actualizadas. A continuación te presentamos algunos consejos a tomar en cuenta:

  1. Consulta a un abogado de inmigración: Busca la asesoría de un abogado con experiencia en leyes de inmigración. Te guiará a través de las opciones disponibles y ayudará a preparar una estrategia sólida.
  2. Presenta una apelación: Si tienes derecho a apelar la decisión, tu abogado te asistirá a completar la documentación necesaria y seguir el proceso legal correspondiente.
  3. Busca alternativas: Explora otras vías para tu estatus migratorio, como solicitar un ajuste de estatus, una visa diferente o encontrar soluciones legales específicas para tu situación.

Requisitos para solicitar el perdón de inmigración:

  • Constancias de matrimonio o hijos para probar la existencia de familiares en Estados Unidos.
  • Declaraciones juradas de personas que confirmen que la persona que solicita el perdón es de buena moral.
  • Reporte policial que demuestra un récord limpio.
  • Rehabilitación completada si cometió algún delito en el pasado.
  • Certificados de estudios para probar capacidades de empleo.

Personas no elegibles al perdón migratorio

  • Toda persona que esté en procesos de remoción que no han sido cerrados administrativamente.
  • Toda persona que tiene una orden final de remoción, exclusión, o deportación. Si tiene una de estas órdenes, solo puede solicitar una exención provisional por presencia legal si fue aprobada su solicitud del Formulario I-212.
  • Toda persona que no cumple con uno o más de los requisitos, según se explica en el Formulario I-601A y sus instrucciones.
  • Toda persona que haya cometido delitos muy graves.

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Carlos Tuesta

Redactor
Escritor senior de noticias sobre el acontecer local e internacional de Estados Unidos y México.
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